El pasado 16 de abril dábamos a conocer el procedimiento de evaluación y acreditación de cualificaciones profesionales. Debido a las sucesivas prórrogas del Estado de Alarma en nuestro país, el plazo para su inscripción se ha visto modificado.
Esta semana, sin embargo, hemos podido conocer un nuevo plazo. Plazo que la Junta de Andalucía ha establecido toda vez que las restricciones del Estado de Alarma se han suavizado.
De esta manera, el plazo para presentar las solicitudes se iniciará el 18 de mayo y se prolongará hasta el 15 de junio. Ambos inclusive. Además, hay que aclarar que se trata de un plazo definitivo, según el artículo 36 del Decreto-ley 12/2020, de 11 de mayo.
Igualmente, hay que recordar que las cualificaciones evaluadas son las adquiridas a través de la experiencia laboral. También se evaluarán aquellas de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cualificaciones profesionales evaluables
Las cualificaciones que se van a evaluar en en esta convocatoria de Acredita 2020 son las siguientes:
ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS EN EL DOMICILIO
DOCENCIA DE LA FORMACIÓN PARA EL EMPLEO
ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES
PROMOCIÓN E INTERVENCIÓN SOCIOEDUCATIVA CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (ACNEE) EN CENTROS EDUCATIVOS
DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL
Solicitud y documentación a presentar
Para que las cualificaciones sean evaluables es necesario presentar la solicitud. Esta estará disponible en el portal de educación de la Junta de Andalucía. Junto a ello, será necesaria la siguiente documentación:
Copia del DNI, NIE o pasaporte de la persona solicitante.
Historial profesional y formativo de acuerdo con el modelo de curriculum
vitae europeo (Anexo III de la resolución).
Acreditar la experiencia laboral. Para ello es necesario Informe de vida laboral. También puede servir la copia de contrato/s o certificado/s de empresa donde haya adquirido la experiencia laboral. Además, en caso de personas trabajadoras autónomas, documentación acreditativa de la actividad desarrollada.
Para acreditar competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formación, la justificación se hará con documento que certifique que la persona posee formación relacionada con las unidades de competencia que pretende acreditar. En ella han de constar los contenidos y horas de formación.