La Junta de Andalucía ha publicado una guía sobre preguntas y respuestas para saber cómo ayudar en la crisis abierta en Ucrania tras la invasión rusa. Así, esta publicación resuelve las dudas que pueden surgir a la hora de colaborar con el país ucraniano y desvela las claves para ayudas tan variadas como el envío de comida, el de dinero o el asilo a personas del país europeo.
Ayuda, solidaridad y colaboración
En primer lugar, la guía trata un tema tan esencial como es el del envío de comida, materiales, medicamentos y demás. En este sentido se desaconseja el envío unilateral de productos (mantas, agua, ropa, medicamentos) ya que esto conlleva que se acumulen en la frontera multitud de artículos que no pueden ser adecuadamente gestionados ni por las organizaciones que trabajan allí, ni por las autoridades ni por las propias personas que se encuentran huyendo del conflicto. Desde la Junta de Andalucía se aconseja hacer aportaciones a las organizaciones internacionales y ONG que están trabajando en la zona. Lo mismo ocurre con las aportaciones monetarias. Estas son muchos más efectivas, no generan costes ni dificultades administrativas y logísticas adicionales, mejoran la capacidad de respuesta y garantizan la actuación profesional. Entre las ONGs que canalizan estas ayudas se encuentra, Cruz Roja, OCHA, ACNUR, UNICEF, UNFPA o OIM.
Traer personas de Ucrania
Otra de las acciones que se nos pueden pasar por la cabeza a la hora de buscar ayuda para Ucrania se encuentra la de traer para España a personas de ese país que tan mal lo está pasando. En este caso se desaconseja viajar a una zona de conflicto bélico por razones de seguridad. Si, finalmente, decide hacerlo, bajo su responsabilidad, le recomendamos se ponga en contacto con las ONGD especializadas presentes en la zona y con las ONG especializadas que realizan la atención de personas refugiadas en Andalucía. En caso de necesitar información sobre esta o alguna otra cuestión, pueden ponerse en contacto con a través del email de contacto habilitado a tal efecto: andaluciaconucrania@juntadeandalucia.es o al número de whatsapp: 681109747.
Viviendas para refugiados
También puede darse el caso de que tengamos una vivienda vacía y queramos cederla temporalmente para los refugiados de esta guerra. En este caso, señala la Junta de Andalucía, todas las plazas o viviendas que haya disponibles pueden ser necesarias, por lo que, toda persona que lo desee puede dejar sus datos de contacto en la dirección de email: andaluciaconucrania@juntadeandalucia.es o dirigirse, directamente, a una de las ONG encargadas de la acogida de estas personas y que colaboran con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Familia de acogida
Igualmente, existe la posibilidad de convertirse en familia de acogida. Si este es el caso, El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha puesto en marcha un programa de acogimiento familiar de personas desplazadas como consecuencia de la situación en Ucrania. En breve habilitará un número de teléfono a disposición de cuántas familias quieran entrar en el programa de acogida. Para cualquier duda existe un teléfono de contacto puesto a disposición de la ciudadanía por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: +34 91 047 44 44.
Menores y educación
Si hay una persona menor refugiada conviviendo en su familia y no ha llegado de esta manera, debe saber que hay que ponerlo en conocimiento de la Policía. Tiene que estar inscrita en un Registro que se ha habilitado para que la Administración sepa que se encuentra en España. si quiere participar en un programa que le permita la estancia de una persona menor en su casa tiene que canalizarlo a través de la Subdelegación de Gobierno de tu provincia. Si nunca ha tenido a personas menores de nacionalidad ucraniana o de otra nacionalidad en su casa en otras ocasiones, por ejemplo, en periodos vacacionales, debe saber que es imprescindible contar con un informe de los servicios sociales que acredite su situación.
Empleo
Puede que nuestra manera de ayudar pase por ofrecer trabajo a una persona refugiada. En este sentido la guía señala que el Consejo de la UE permite, automáticamente, a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo. La persona o empresa que quiera contratar a la persona refugiada que cuente con dicha protección temporal y, por tanto, con una autorización de trabajo por cuenta ajena o propia en España, tendrá que seguir el procedimiento habitual establecido para la contratación de trabajadores.
Si desea más información acerca de esta guía puede descargarla a través del siguiente ENLACE.