Con motivo del brote de COVID-19 podrán acogerse al bono social eléctrico los trabajadores 𝙖𝙪𝙩ó𝙣𝙤𝙢𝙤𝙨 que:
✅. Hayan cesado su actividad a causa del COVID 19.
✅ Hayan sufrido un descenso de su facturación de un 75% de promedio respecto al semestre anterior a causa del COVID 19
Para estos dos casos, 𝘀𝗲 𝗮𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗻 𝗹𝗼𝘀 𝗻𝗶𝘃𝗲𝗹𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗿𝗲𝗻𝘁𝗮 a partir de los cuales pueden acceder al 25% de descuento en la factura eléctrica. Así, podrán acogerse a este descuento cuando su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenezca sea:
- Menor o igual que 2,5 x IPREM de 14 pagas si no hay ningún menor en la unidad familiar: 18.799 €/año
- Menor o igual que 3 x IPREM de 14 pagas en el caso de que haya un menor en la unidad familiar: 22.559 €/año
- Menor o igual que 3,5 x IPREM de 14 pagas en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar: 26.318 €/año
Serán considerados clientes vulnerables hasta que no reanuden su actividad laboral y durante un periodo máximo de 6 meses a contar desde que obtengan el descuento en factura.
Te recordamos que solicitarlo es absolutamente 𝗚𝗥𝗔𝗧𝗜𝗦 ya que se han detectado páginas web fraudulentas que pretenden cobrar por gestionar la solicitud del Bono Social. No aceptes pagar por abrir la solicitud y no des tu número de tarjeta.
Toda la información en: https://www.bonosocial.gob.es/#inicio
Teléfono de información: 913 146 673 (de lunes a viernes de 09:00 a 14:00h) Puedes enviar también tus consultas a ciudadano@idae.es